Aprueban excepción de pico y placa para vehículos que transportan personas con discapacidad
Vehículos que movilizan a personas con discapacidad quedaron exentos del pico y placa en Bogotá. La medida ya fue aprobada por las autoridades de movilidad de la ciudad.

La decisión abre la puerta para que estos automotores circulen sin restricción en los horarios y días que aplica la medida. El anuncio llega como una respuesta a las dificultades que enfrentaban familias y cuidadores para trasladar a personas con condiciones de movilidad reducida.
Con la excepción, los vehículos inscritos en el registro correspondiente podrán transitar por toda la ciudad, incluso en las horas de mayor congestión. La Secretaría de Movilidad deberá definir los criterios de inscripción y los documentos que acrediten la condición del pasajero.
La medida beneficia tanto a vehículos particulares como a los de transporte especial adaptados para sillas de ruedas o con otras ayudas técnicas. Los conductores deberán portar la documentación vigente para evitar sanciones en los puntos de control.
Organizaciones de personas con discapacidad venían pidiendo esta excepción desde hace varios años. Argumentaban que el pico y placa limitaba el acceso a citas médicas, terapias y actividades laborales y educativas.
El trámite para acceder al beneficio se realizará a través de los canales oficiales de la Secretaría de Movilidad de Bogotá. Los interesados deberán registrar el vehículo y demostrar que se usa para el transporte regular de una persona con discapacidad.
Resumen editorial de enbogotá con base en información de Revista Semana. Para todos los detalles, consulta la fuente.
Preguntas frecuentes
¿Qué vehículos quedan exentos del pico y placa?
Los vehículos que transportan personas con discapacidad y que se inscriban en el registro que habilitará la Secretaría de Movilidad.
¿Desde cuándo aplica la excepción?
La aprobación ya se concretó, pero la puesta en marcha depende de la reglamentación que publique la Secretaría de Movilidad de Bogotá.
¿Cómo se puede inscribir el vehículo?
El conductor deberá adelantar el trámite ante la Secretaría de Movilidad, acreditar la condición de la persona transportada y registrar el automotor en el sistema oficial.


